Día nacional de la salud y seguridad ocupacional y Día mundial de la seguridad y la salud en el trabajo

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud ocupacional es «la promoción y mantenimiento del mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones mediante la prevención de las desviaciones de la salud, control de riesgos y la adaptación del trabajo a la gente, y la gente a sus puestos de trabajo».

Cada 28 DE ABRIL la OIT celebra el DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO con el fin de promover una campaña de sensibilización y atención a nivel internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo, así como la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Por su parte, el Estado de Guatemala ratificó, en 1989, el Convenio 161 de la OIT sobre la Promoción de los Servicios de Salud y Seguridad Ocupacional (SSO) y se comprometió a la divulgación de los factores del medio ambiente de trabajo y prevención de riesgos que puedan afectar a la salud de los trabajadores. En consecuencia, por medio del Acuerdo Ministerial número 194-2004 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB), se declaró el día 28 DE ABRIL como el DÍA NACIONAL DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL en Guatemala.

Asimismo, en cumplimiento al compromiso adquirido, en el año 2014 se aprobó el Acuerdo Gubernativo 229-2014, Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional (Reformado por los Acuerdos Gubernativos 51-2015, 199-2015, 33-2016 y 57-2022) y, en el año 2017, se aprobó el Acuerdo Ministerial número 486-2023 que contiene el Reglamento para la constitución, organización y funcionamiento de los comités bipartitos de salud y seguridad ocupacional.

Cabe resaltar que las empresas tienen una serie de obligaciones en esta materia, las cuales deben cumplir dependiendo del número de trabajadores que tengan; de las cuales, se resaltan a continuación las más importantes:

Menos de 10 Trabajadores

  • PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

    • Debe ser registrado en el MINTRAB o en el IGSS.

    • Contenido:

      • Perfil de puestos de trabajo

      • Perfil de riesgos de los puestos de trabajo

      • Programa para la prevención de riesgos laborales y uso de equipo de protección

      • Primeros auxilios y uso de botiquín

  • MONITOR DE SSO

    • Responsable de gestionar y poner en práctica el plan

    • Propuesto por el patrono

    • Capacitado en todo lo que incluye el plan de prevención de riesgos laborales

  • LIBRO DE ACTAS

    • Donde estén definidas las funciones y registradas todas las actividades del monitor

  • BOTIQUÍN

    • Portátil y accesible

10 o Más Trabajadores

  • PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL

    • Debe ser registrado en el MINTRAB o en el IGSS.

    • Parte de salud ocupacional – Elaborada y firmada por un médico colegiado activo y registrado en el Departamento de SSO del MINTRAB.

    • Parte de seguridad ocupacional

      • Elaborada y firmada por una persona competente en la materia (puede ser un trabajador del patrono con competencia en seguridad ocupacional), que acredite sus conocimientos y que esté registrada en el Departamento de SSO del MINTRAB.

      • Si el mismo médico demuestra su competencia y está autorizado por el Departamento de SSO del MINTRAB, también puede elaborar esta parte.

    • Contenido:

      • Perfil de puestos de trabajo

      • Perfil de riesgos de los puestos de trabajo

      • Sistema de vigilancia epidemiológica

      • Medidas preventivas de accidentes y enfermedades profesionales

    • Actualización:

      • Cada 3 años

      • Cuando se implementen nuevos procesos de trabajo, se fusionen empresas o haya inclusión de nueva tecnología

  • COMITÉ BIPARTITO DE SSO

    • Igual número de representantes del patrono y de los trabajadores

    • Atribuciones, actividades y funciones desarrolladas en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT)

  • MONITOR DE SSO

    • Uno en cada jornada de trabajo efectivo

    • Registrado en el MINTRAB

    • Persona competente en la materia

    • Responsable del seguimiento y cumplimiento del plan de SSO.

    • Su perfil se definirá en atención a la actividad económica y a los riesgos de los puestos de trabajo

  • BOTIQUIN

    • Portátil y accesible

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