Autorización para viajes al extranjero de menores de edad guatemaltecos

El 27 de abril de 2023 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo número IGM-017-2023 del Instituto Guatemalteco de Migración -IGM- el cual regula en su artículo 27 el egreso de los niños, niñas y adolescentes del territorio nacional, con el fin de salvaguardar la seguridad de los menores de edad, establecer la debida autorización y los requisitos para que puedan egresar del país.

Para el efecto, cuando los menores de edad egresen del país solos, en compañía de uno solo de sus padres o acompañados de un tercero, se deberá acreditar la autorización correspondiente, la cual puede estar contenida en cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Carta poder con legalización de firmas.

  2. Acta notarial.

  3. Testimonio o copia legalizada de Escritura Pública.

  4. Documento consular debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  5. Certificación del documento emitido por el Órgano Jurisdiccional competente.

     

En esta autorización se determinará a las personas que pueden acompañar al menor, así como la vigencia de la misma. 

Por último, se debe tomar en cuenta que además de la autorización debe de presentarse original y fotocopia del documento que acredite la patria potestad, guarda y custodia o tutela.

Este acuerdo ministerial empezó a regir al día siguiente de su publicación en el diario de Centro América.

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