Autorización para viajes al extranjero de menores de edad guatemaltecos
El 27 de abril de 2023 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo número IGM-017-2023 del Instituto Guatemalteco de Migración -IGM- el cual regula en su artículo 27 el egreso de los niños, niñas y adolescentes del territorio nacional, con el fin de salvaguardar la seguridad de los menores de edad, establecer la debida autorización y los requisitos para que puedan egresar del país.
Para el efecto, cuando los menores de edad egresen del país solos, en compañía de uno solo de sus padres o acompañados de un tercero, se deberá acreditar la autorización correspondiente, la cual puede estar contenida en cualquiera de los siguientes documentos:
Carta poder con legalización de firmas.
Acta notarial.
Testimonio o copia legalizada de Escritura Pública.
Documento consular debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Certificación del documento emitido por el Órgano Jurisdiccional competente.
En esta autorización se determinará a las personas que pueden acompañar al menor, así como la vigencia de la misma.
Por último, se debe tomar en cuenta que además de la autorización debe de presentarse original y fotocopia del documento que acredite la patria potestad, guarda y custodia o tutela.
Este acuerdo ministerial empezó a regir al día siguiente de su publicación en el diario de Centro América.